Procedimiento Administrativo de Requerimiento de Información para Empresas IMMEX
Recientemente, la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior (DGFCCE) de la Secretaría de Economía ha iniciado procedimientos administrativos para requerir información y documentación a las empresas que cuentan con la autorización de un programa IMMEX vigente, por lo que resulta relevante conocer cuáles son los aspectos clave que deben tomar en cuenta dichas empresas.
Cabe mencionar que la DGFCCE de la Secretaría de Economía tiene atribuciones para aplicar y vigilar el cumplimiento de la legislación de comercio exterior, realizar visitas de verificación, así como de requerir la información y documentación necesaria en el ámbito de sus funciones para comprobar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias en materia de comercio exterior, además de solicitar a empresas información y documentación necesaria en el ámbito de sus funciones.[1]
Adicionalmente, las disposiciones de comercio exterior establece que la Secretaría de Economía podrá verificar en cualquier momento la veracidad de la información presentada por los particulares y podrá realizar de oficio los actos necesarios para comprobar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias, así como para la determinación, conocimiento y comprobación de los hechos en virtud de los cuales deba pronunciarse resolución y podrá allegarse de los medios de prueba que considere necesarios, sin más limitación que las establecidas en la ley, incluyendo la solicitud de informes u opiniones a otras autoridades nacionales o extranjeras.[2]
También, el Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación señala que las empresas a las que se les autorice un Programa IMMEX deberán proporcionar a la Secretaría de Economía y al SAT la información que éstos les soliciten y que esté relacionada con el Programa autorizado. Asimismo, deberán otorgar las facilidades que requiera el personal de dichas autoridades para que ejerzan sus facultades a fin de verificar y comprobar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del Programa IMMEX.[3]
Al iniciar el procedimiento administrativo, la DGFCCE enviará un oficio por correo electrónico dirigido a la empresa IMMEX en donde solicita la presentación de la información y documentación que contempla de manera general los rubros que se indican a continuación:
A. Información General de la Sociedad.
● Escritura constitutiva y todas sus modificaciones |
● Actas de asambleas de la autorización de cambios de socios, transferencia y/o venta de acciones protocolizadas, etc. |
● Poder de representante legal e identificación oficial vigente. |
● Relación de personas que cuentan con poder de facultades de actos de administración, así como a quienes se les revocó el poder. |
B. Proyecto de Exportación y Avisos
● Documentación que acredite el proyecto de exportación de los últimos 3 años (contrato de maquila, compraventa, órdenes de compra o pedidos en firme). |
● Avisos presentados ante la SE sobre cambios realizados en el proyecto de exportación presentados en la autorización del programa IMMEX. |
● Proceso productivo o de servicio actual, que señale descripción detallada y las etapas, indicando la maquinaria, equipo, personal y duración. |
● Avisos presentados ante la SE sobre cambios de la denominación o razón social, RFC, socios o accionistas, representante legal y domicilio fiscal o de plantas. |
C. Domicilios Registrados y Mercancías
● Documento que acredita la legal posesión legal del inmueble donde se realizan procesos productivos o de servicios autorizados. |
● Señalar el o los domicilios en los que se encuentren físicamente las mercancías indicando dimensiones en metros cuadrados, y presentar evidencia fotográfica y en video de los espacios donde se almacena la mercancía. |
● Valor total de las mercancías pendientes de retorno, incluyendo las que se encuentran en el plazo. |
● Relación y documentación que acredite la legal posesión de la totalidad de la maquinaria y equipo cumpliendo requisitos del A24. |
D. Sistema Automatizado de Control de Inventarios
● Mantener actualizado el Sistema de Control de Inventario en todos los módulos. |
● El SACI del programa IMMEX deben cumplir con los catálogos y módulos de aduanas y reportes. |
● Registrar las operaciones realizadas al amparo del programa IMMEX de los periodos solicitados. |
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E. Transferencias Virtuales con Pedimentos y Avisos
● Identificar los periodos de las operaciones virtuales con pedimento V1 señalando causas y motivos. |
● Documentación que acredite el traslado de las mercancías (pago por el flete, gastos de traslado, registros o controles de entrada y salida del inventario, etc.). |
● Acreditar que las transferencias virtuales se encuentran registradas en el sistema de control de inventarios (Anexo 24). |
● Presentar el CFDI que reúna los requisitos del CFF que amparan las transferencias. |
● En el supuesto que se transfiera la mercancía en una ciudad distinta a la del domicilio fiscal se debe presentar los comprobantes de pago de peaje y gasolina, etc. |
● Identificar los periodos de las operaciones virtuales con empresas submaquiladoras. |
● Documentación que acredite el traslado de las mercancías a submaquiladores. |
● Cumplir el procedimiento de la ficha 71/LA “Aviso mensual de transferencias para realizar operaciones de submaquila”. |
F. Manifestaciones y Vencimientos
● Manifestar si ha realizado importaciones temporales al amparo del programa IMMEX que no corresponden al proceso productivo autorizado. |
● Relación de mercancías pendientes de retorno de las cuales ya feneció el plazo de permanencia en territorio nacional. |
● Manifestar que no tiene mercancías bajo este supuesto. |
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La empresa IMMEX deberá responder el citado requerimiento en el plazo de 5 días hábiles a partir del día siguiente de notificación del oficio, por lo que la documentación e información solicitada será acompañada mediante un escrito libre[4] firmado por el representante legal, mismo que podrá remitirse por el mismo correo electrónico, o bien, presentarse físicamente en la oficina de control de gestión de la DGFCCE.
Es importante que las empresas IMMEX atiendan en tiempo y forma el requerimiento y presenten en su totalidad la información solicitada por esta autoridad administrativa, puesto que, no realizarlo procederá a la suspensión y cancelación del programa IMMEX.
Para terminar, es importante que las empresas que cuenten con un programa IMMEX vigente mantengan el control del cumplimiento de las obligaciones permanentes, y efectúen revisiones preventivas de manera periódica para detectar errores o incumplimiento de las obligaciones, y en el supuesto de que sean detectadas se autocorrijan de forma espontánea, y con ello evitar que se inicie el procedimiento de requerimiento o cancelación de la autorización que obstaculice el desarrollo de las operaciones de comercio exterior.
FUENTE:
[1] Cfr. Artículos 32, fracciones XI, XII y XVIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía.
[2] Cfr. Regla 1.3.9, primer párrafo de las RCSE.
[3] Cfr. Artículo 26 del Decreto IMMEX.
[4] Cfr. Regla 1.3.5 de las RCSE.
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