Ciudad de México, 19 de septiembre de 2025.
A la sociedad en general P r e s e n t e
En atención a la mención realizada en la Conferencia Mañanera del día 19 de septiembre del año en curso, sobre las expresiones de CANACO Ciudad Juárez, cámara autónoma relacionada con las visitas ejecutadas por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) en ejercicio de sus facultades de inspección, se informa:
El IMPI o la SACM no realizan operativos arbitrarios o extorsiones en contra de persona alguna.
- La Constitución de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Federal del Derecho de Autor, establecen que las personas creadoras en materia artística, literaria y musical, entre otras; son titulares de derechos de autor y dichos derechos deben ser protegidos en términos de la normatividad nacional e internacional.
- De conformidad con lo establecido en el artículo 26 bis de la Ley Federal del Derecho de Autor, cualquier persona que realice la comunicación o transmisión pública de una obra por cualquier medio, tiene la obligación de pagar las regalías directamente al autor o en su caso, a la Sociedad de Gestión Colectiva que los represente. La misma Ley en los diversos 231 y 232, establece una sanción para aquellas personas que obtienen un lucro directo o indirecto al poner a disposición o utilizar públicamente cualquier obra protegida por el derecho de autor y faculta al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial para sancionar dichas conductas.
- La SACM (Sociedad de Autores y Compositores de México), es una sociedad de gestión colectiva, de interés público y sin fines de lucro, debidamente autorizada y supervisada por el Estado Mexicano para representar a las y los autores y compositores de música, en apego a la Ley Federal del Derecho de Autor, velando porque se respeten los derechos de quienes crean las obras que son parte fundamental de nuestra cultura.
● La SACM trabaja en la defensa de los creadores y obtener las regalías por el uso de la música en establecimientos mercantiles, entregándolas a las y los compositores el fruto de su trabajo para llevar sustento a sus familias. Los montos de las tarifas por concepto de regalías para las y los autores, han sido previamente convenidas con organismos representativos de diversos sectores y se encuentran debidamente registrados ante la autoridad correspondiente.
● Por su parte, el IMPI se encuentra facultado para llevar a cabo el acto jurídico denominado “visita de inspección” de conformidad con la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial en lo concerniente a las infracciones en materia de comercio, relacionadas con derechos de autor.
● Las visitas de inspección se ejecutan a petición de parte o de oficio, de conformidad a la Ley y en el marco de los convenios de colaboración vigentes entre el IMPI y las Sociedades de Gestión Colectiva.
● A fin de dotar de certeza a las personas visitadas, en estas diligencias los inspectores del IMPI tienen la obligación de identificarse con credencial expedida por el Instituto y no solicitan en ningún supuesto, la ejecución de algún pago.
Existe coordinación entre el IMPI, la SACM y la CONCANACO SERVYTUR, con la finalidad de proteger la propiedad intelectual y los derechos de autor.
- Se han sostenido dos reuniones con representantes de la Confederación Nacional de Cámaras de Comercio Servicios y Turismo de México, CONCANACO SERVYTUR, organismo de interés público que representa a los 5.2 millones de comerciantes, prestadores de servicios y negocios familiares del sector turístico (mayoritariamente pequeñas y medianas empresas) usuarios de estos derechos. En las cuales se han solicitado y definido acciones para:
- Reforzar la lucha contra la piratería.
- Proteger la propiedad intelectual y los derechos de autor.
- Acordar tarifas que sean públicas, atendiendo a la realidad de cada tipo de negocios evitando cualquier discrecionalidad.
- SACM y CANACO SERVYTUR reconocen abiertamente la labor del IMPI en beneficio de la propiedad industrial y los derechos de autor.
De acuerdo a las instrucciones de la Presidenta de la República, de la Secretaria de Gobernación y del Secretario de Economía, la SACM y la CONCANACO SERVYTUR asumimos el compromiso de coordinar una propuesta para celebrar un convenio nacional que establezca reglas claras en beneficio de todas las partes, incluidas las micro y pequeños empresas, de acuerdo con lo que establece la ley de la materia y la autoridad competente para el cobro de derechos de autor en negocios que reproducen música, con estricto respeto a los principios de equidad, legalidad y formalidad, considerando los intereses de los establecimientos mercantiles sin desconocer los derechos de los autores y creadores.
Para el IMPI es prioritario dar cumplimiento a las atribuciones que le han sido conferidas, a través de la ejecución de acciones apegadas a la transparencia y la legalidad y repudia cualquier actividad que implique un acto de extorsión.
El IMPI destaca la colaboración activa que realiza la Confederación y las cámaras de comercio en favor de la cultura de la legalidad y refrenda su compromiso para mantener el dialogo abierto entre las Sociedades de Gestión Colectiva y los usuarios de la música del sector comercial, servicios y turístico a efecto de solucionar las controversias.
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