Modifican los Aranceles de Importación en Diversos Sectores Estratégicos
El 29 de diciembre de 2025 se dio a conocer en el DOF el “Decreto por el que se reforman diversas fracciones arancelarias de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación”, en el cual, de manera general, destacan los cambios que se indican a continuación:
- Se incrementan los aranceles de importación para alrededor de 1,463 fracciones arancelarias de la TIGIE, de las cuales dos códigos arancelarios mantienen el arancel exento.
- Las modificaciones a los aranceles tendrán vigencia a partir del 1 de enero de 2026.
- Algunos de los productos afectados que tendrán un impacto en las importaciones pertenecen a sectores industriales como el automotriz, textil, vestido, plástico, siderúrgico, electrodomésticos, aluminio, juguetes, muebles, calzado, marroquinería, papel y cartón, motocicletas, remolques y vidrio, entre otros.
- El aumento arancelario oscila entre tasas ad valorem del 5, 7, 10, 14, 15, 18, 20, 22, 25, 30, 35, 36, 45 y 50%, de acuerdo con el producto de importación. De manera ejemplificativa, al realizar un comparativo de aranceles, se visualiza el siguiente incremento:
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Código |
Descripción |
Arancel actual
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Reforma LIGIE 29/XII/2025 Arancel vigente a partir del 1/I/2026 |
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3917.31.01 |
Tubos flexibles para una presión superior o igual a 27.6 MPa. |
Ex. |
7% |
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3920.62.02 |
Películas de poliéster biorientado. |
7% |
18% |
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4819.10.01 |
Cajas de papel o cartón corrugado. |
Ex. |
25% |
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5205.26.01 |
De título inferior a 125 decitex pero superior o igual a 106.38 decitex (superior al número métrico 80 pero inferior o igual al número métrico 94). |
10% |
25% |
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7219.11.01 |
De espesor superior a 10 mm. |
Ex. |
20% |
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8703.80.01 |
Eléctricos, excepto usados. |
15% |
50% |
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9403.40.01 |
Muebles de madera de los tipos utilizados en cocinas. |
10% |
25% |
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9503.00.04 |
Muñecas y muñecos que representen solamente seres humanos, incluso vestidos, que contengan mecanismos operados eléctrica o electrónicamente, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 9503.00.05. |
15% |
30% |
- Se otorga competencia a la Secretaría de Economía (SE) para implementar mecanismos para la importación de mercancías provenientes de países con los que no se tengan celebrados tratados de libre comercio (TLC).
En suma, los importadores deberán revisar las alternativas disponibles para disminuir el impacto arancelario de las mercancías que se introduzcan a territorio nacional bajo el régimen definitivo o a través de programas de diferimiento de aranceles, ya sea aplicando tratamientos arancelarios preferenciales derivados de acuerdos y tratados comerciales, beneficios para la franja y región fronteriza, o bien, las prerrogativas de los programas de promoción sectorial, incluyendo los permisos previos de importación (Regla Octava para mercancías no sensibles), según corresponda.
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