Ciudad de México, a 27 de diciembre de 2025.
CONCANACO SERVYTUR participó como órgano de consulta en la construcción de las Reglas Generales de Comercio Exterior 2026
- El DOF publicó las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026 y el Anexo 13. 
- La Resolución entra en vigor el 1 de enero de 2026 y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2026.
- Las reglas 2.1.1 y 4.6.1, entre otros anexos/apéndices, entrarán en vigor el 2 de febrero de 2026.
La Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (CONCANACO SERVYTUR México) informa que el Diario Oficial de la Federación publicó las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026 (RGCE 2026) y el Anexo 13, emitidos por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
CONCANACO SERVYTUR destaca que participó como órgano de consulta en la elaboración de estas reglas, aportando datos, información sectorial y propuestas técnicas para fortalecer la certeza regulatoria, mejorar la operación cotidiana del comercio formal y facilitar el cumplimiento para empresas, especialmente MiPyMEs y negocios familiares vinculados a importación, exportación, logística y servicios relacionados.
De acuerdo con el propio documento, estas disposiciones se publican anualmente para agruparlas y facilitar su conocimiento por parte de los contribuyentes, y para permitir el cumplimiento oportuno y adecuado de obligaciones en materia aduanera y de comercio exterior.
“La actualización de las reglas debe traducirse en procesos más claros y mayor certeza para quienes cumplen. Desde CONCANACO SERVYTUR contribuimos con propuestas técnicas para que la normativa sea más operable para el comercio establecido y más competitiva para México”, señaló el presidente de CONCANACO SERVYTUR, Octavio de la Torre.
Las RGCE 2026 integran capítulos que abarcan, entre otros temas: padrones de importadores y exportadores, agentes y apoderados aduanales, valor en aduana, contribuciones y garantías, prevalidación electrónica y transmisión electrónica de información.
Asimismo, se dio a conocer el Anexo 13, relativo a multas y cantidades actualizadas que establece la Ley y su Reglamento, con una nota aclaratoria sobre su finalidad orientativa.
Vigencia y fechas clave
- Entrada en vigor general: 1 de enero de 2026.
- Vigencia: hasta el 31 de diciembre de 2026.
- Entrada en vigor diferida: reglas 2.1.1 y 4.6.1, entre otros anexos/apéndices, el 2 de febrero de 2026.
Recomendaciones para empresas
CONCANACO SERVYTUR recomienda a importadores, exportadores y operadores logísticos:
- Revisar internamente cambios operativos y fechas de entrada en vigor (enero/febrero 2026).
- Actualizar políticas de cumplimiento considerando el Anexo 13 de multas y cantidades.
- Fortalecer la coordinación con su agente aduanal y áreas internas para asegurar trazabilidad documental y consistencia de información en operaciones.
CONCANACO SERVYTUR refrenda su disposición para difundir los cambios, orientar a las cámaras y al sector productivo, y seguir impulsando una implementación que reduzca cargas innecesarias, fortalezca la formalidad y eleve la competitividad del comercio, los servicios y el turismo.
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La Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (CONCANACO SERVYTUR) México es un organismo que de acuerdo con la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones representa a 5.2 millones de empresas y negocios familiares en más de mil 857 municipios del país y con más de 100 años de historia que han legitimado su existencia y participado en el rumbo económico y social del país, pues la Confederación al ser una institución de interés público, ha tenido entre sus tareas y razón de ser, la de representar, promover y defender con firmeza al Comercio, los Servicios y el Turismo del país, apoyando iniciativas, decretos, reglamentos y documentos de posición empresarial orientados a contribuir siempre y en todo momento con el crecimiento y desarrollo de México. Unidos En Acciones Positivas.